Solo redacción
- Redacción bilingüe en inglés y árabe
- Listo en 1 día hábil
- Revisión con un especialista antes de firmar
*Al firmar, se paga en la notaría una tasa gubernamental de 167 AED.
Poder personal
Deja que una persona de confianza se encargue por ti de cualquier trámite relacionado con tu vehículo en los EAU, desde la compra y la venta hasta el registro, la renovación y la exportación, incluso después de que hayas salido del país.
Poder personal
Si otra persona va a encargarse de los trámites de tu vehículo en Dubái o en cualquier otro emirato, necesitas un poder para vehículos. Permite a tu apoderado tratar con las autoridades de tráfico y otras partes para registrar, comprar, vender, importar o exportar un vehículo a tu nombre.
Lo solicitan sobre todo personas que se van de los EAU y quieren que alguien venda su vehículo cuando ya se hayan marchado. Redactamos el poder en función de los datos de tu vehículo y de los pasos exactos que quieres que dé tu apoderado; las facultades que se indican a continuación son ejemplos, no una lista completa.
Precios transparentes
Precios claros y sin sorpresas. Elige el nivel de apoyo que mejor te funcione.
Solo redacción
*Al firmar, se paga en la notaría una tasa gubernamental de 167 AED.
Notarización online para residentes en los EAU
Notarización online para no residentes
Los precios indicados son orientativos y están sujetos a confirmación. El IVA y las posibles tasas gubernamentales, notariales o judiciales se detallan en tu presupuesto.
Los precios corresponden a poderes estándar. Los casos complejos, las partes adicionales y la legalización de documentos firmados en el extranjero se presupuestan por separado.
Cómo funciona
Un proceso sencillo de tres pasos para tener listo tu poder en Dubái. Nos ocupamos de los detalles para que avances con tranquilidad.
Comparte tus requisitos y recibe un presupuesto a medida.
Preparamos tu documento en inglés y lo traducimos al árabe.
Te guiamos en la notarización presencial o en línea segura.
Poder para vehículos
Los requisitos pueden variar según el caso. Confirmamos la lista exacta antes de redactar.
Empecemos
Olvídate de ir de despacho en despacho: tramita tu poder desde casa, totalmente en línea y por una fracción del coste habitual. Cuéntanos qué necesitas y te responderemos en minutos.
Poder para vehículos
Es un documento legal que permite a una persona de tu confianza, el apoderado, realizar trámites de vehículos en tu nombre como propietario. Entre ellos se incluyen el registro, la renovación, la transferencia de la propiedad y la exportación.
Lo necesitas cuando no puedes estar presente para completar un trámite de tu vehículo ante la Autoridad de Carreteras y Transporte (RTA) u otra autoridad, como una venta, un registro, una renovación o una exportación.
Puedes designar a cualquier persona, viva o no en los EAU, siempre que tenga un documento de identidad vigente. Elige a alguien de confianza, porque actuará legalmente en tu nombre.
Sí. Para que tenga fuerza legal, debe notarizarse ante un notario de los EAU o en línea a través del servicio notarial del Ministerio de Justicia de los EAU.
Dura el periodo indicado en el documento. Si no se indica ninguno, por lo general sigue vigente durante dos años desde el día en que se notarizó, salvo que lo anules antes.
Sí. Puedes anularlo en cualquier momento mediante una solicitud ante el notario. También debes informar a tu apoderado y a las autoridades correspondientes, como la RTA.
Solo si se ha notarizado en el país donde se firmó, lo ha certificado la embajada de los EAU en ese país y lo ha legalizado el MOFA, el Ministerio de Asuntos Exteriores de los EAU. Además, necesita una traducción jurídica al árabe realizada por un traductor acreditado.
Sí. Puede cubrir vehículos particulares o comerciales, siempre que las actuaciones comerciales que quieras permitir se indiquen claramente en el alcance del poder.
Sí. Con un poder para vehículos, tu apoderado puede completar la venta y la transferencia ante la autoridad de tráfico en tu nombre.
Normalmente, las multas pendientes deben pagarse antes de la transferencia. Tu apoderado puede pagarlas si el poder lo permite.
Sí, siempre que cada vehículo esté claramente identificado en el documento.